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Quienes cumplan con los requisitos, deberán:

1. Acreditar condición de damnificado en su municipalidad, donde le aplicarán  la Ficha de Inscripción Registro de Damnificados .

2. Obtener en la respectiva Dirección de Obras Municipales (DOM) documento que acredite que la vivienda se encuentra inhabitable (Certificado de Inhabitabilidad) o con daño (Certificado de Daños). El documento debe identificar al jefe de hogar (con su RUT), la calidad en que ocupaba la vivienda (propietario, arrendatario, allegado, etc.) junto a los datos de la propiedad (rol de avalúo fiscal y dirección) y descripción del daño.

3. Postular a un subsidio de uno de los programas habitacionales dispuestos en los llamados extraordinarios.